Has abierto una cuenta remunerada, has visto cómo cada mes aparecen unos euros de intereses en tu saldo… y ahora te preguntas cuánto de eso se va a quedar realmente Hacienda. La buena noticia es que la fiscalidad de estos productos es bastante sencilla una vez entiendes el mecanismo básico. En esta guía te explicamos, con ejemplos numéricos, cómo tributan exactamente los intereses de tu cuenta remunerada o depósito en el IRPF.
Los intereses son rendimientos del capital mobiliario
Cualquier interés que generes en una cuenta remunerada, cuenta de ahorro o depósito a plazo fijo se clasifica fiscalmente como rendimiento del capital mobiliario, regulado en el artículo 25 de la Ley del IRPF. Esta categoría incluye también los dividendos de acciones, los cupones de bonos y obligaciones, o los rendimientos de determinados seguros de vida-ahorro.
Lo importante de esta clasificación es que estos rendimientos no se suman a tu sueldo a efectos fiscales. Mientras que tu nómina tributa dentro de la llamada «base general» del IRPF (con tipos que pueden llegar hasta el 47% en los tramos más altos), los intereses de tus cuentas y depósitos tributan dentro de la base del ahorro, que tiene tipos considerablemente más bajos.
Los tramos de la base del ahorro en 2026
Desde la Ley 7/2024, que modificó la escala del ahorro con efectos desde el 1 de enero de 2025, estos son los tramos vigentes para declarar los rendimientos generados en el ejercicio 2025 (campaña de la Renta de 2026):
| Base liquidable del ahorro | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
Es importante entender que esta escala es progresiva por tramos, igual que ocurre con el IRPF general: no se aplica un único tipo sobre todo el importe, sino que cada tramo de tus rendimientos tributa al porcentaje correspondiente. Además, estos tramos son los mismos para todos los contribuyentes, con independencia de la comunidad autónoma donde residas, ya que a diferencia de la base general, la base del ahorro no tiene tramos autonómicos diferenciados.
La retención del 19%: un anticipo, no el impuesto final
Cuando tu banco o neobanco te abona los intereses de una cuenta remunerada, normalmente lo hace ya descontando una retención del 19%, que la propia entidad ingresa directamente en Hacienda a tu nombre. Este porcentaje es fijo, con independencia de cuáles sean tus ingresos totales.
Es fundamental entender que esta retención no es el impuesto definitivo, sino un simple pago a cuenta. En tu declaración de la Renta, declaras el interés íntegro (antes de la retención), y posteriormente restas esa retención ya practicada del resultado final. Esto significa que:
- Si tus rendimientos totales del ahorro (sumando todos tus productos) se sitúan por debajo del primer tramo del 19%, la retención ya coincide con lo que realmente te corresponde pagar, por lo que no habrá diferencia.
- Si tus rendimientos totales superan los 6.000 €, entrando en tramos superiores (21%, 23%…), tendrás que pagar una diferencia adicional en tu declaración, ya que la retención practicada (19%) fue inferior al tipo real que te corresponde en esos tramos superiores.
Ejemplo práctico de cálculo
Imaginemos que durante 2025 has generado los siguientes rendimientos:
- 2.500 € de intereses en tu cuenta remunerada de Trade Republic.
- 1.200 € de intereses en un depósito a plazo fijo.
- 800 € en dividendos de un fondo de inversión.
Total de rendimientos del capital mobiliario: 4.500 €.
Como este importe no supera los 6.000 € del primer tramo, tributaría íntegramente al 19%, es decir, 855 € de impuesto total. Si tu banco ya te retuvo el 19% (855 €) en el momento de abonarte los intereses, el resultado de tu declaración en este apartado concreto sería neutro: ni tendrías que pagar más, ni te devolverían nada adicional por este concepto.
Ahora supongamos un segundo caso, con rendimientos más elevados:
- 8.000 € de intereses en distintas cuentas remuneradas y depósitos.
Aplicando la escala progresiva: los primeros 6.000 € tributan al 19% (1.140 €), y los 2.000 € restantes tributan al 21% (420 €). Total del impuesto: 1.560 €. Si tu retención acumulada fue del 19% sobre el total (1.520 €), tendrías que pagar 40 € adicionales en tu declaración, correspondientes a la diferencia entre el tipo aplicado en la retención y el tipo real del segundo tramo.
¿Dónde se declaran estos intereses en Renta Web?
Al utilizar el programa oficial de la Agencia Tributaria (Renta Web), los intereses de cuentas y depósitos se declaran en el apartado correspondiente a rendimientos del capital mobiliario, generalmente en la casilla 0027 y siguientes, según el tipo concreto de rendimiento. Cuando la entidad pagadora es española, estos datos suelen aparecer ya precargados en el borrador de la declaración, facilitando enormemente el proceso. Aun así, es muy recomendable revisar que los importes precargados coincidan con tus propios registros, ya que pueden producirse errores o retrasos en la información suministrada por algunas entidades.
Entidades españolas vs. extranjeras: la gran diferencia práctica
Aquí es donde la fiscalidad de las cuentas remuneradas se complica ligeramente, dependiendo de dónde tengas tu dinero:
- Entidades españolas (MyInvestor, imagin, EVO Banco, Bankinter, Sabadell): aplican la retención del 19% de forma automática, y los datos suelen aparecer precargados en tu borrador de Renta, simplificando mucho la declaración.
- Entidades extranjeras (Trade Republic, Revolut, N26, bunq, o depósitos contratados a través de Raisin): no siempre aplican retención española automática. En estos casos, es tu responsabilidad declarar manualmente esos intereses en tu declaración, ya que no aparecerán precargados en Renta Web. Debes calcular el importe íntegro generado durante el año, a partir de los extractos o certificados que estas entidades suelen poner a tu disposición desde su app.
Este es, precisamente, uno de los motivos por los que recomendamos en varios artículos de esta web guardar los certificados de intereses que emiten las entidades extranjeras, ya que serán tu principal fuente de información para declarar correctamente estos rendimientos.
El Plan de Ahorro 5: la excepción con exención fiscal
Existe un producto específico, conocido popularmente como Plan de Ahorro 5 (que puede articularse como Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo, CIALP, o como Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo, SIALP), cuyos rendimientos quedan completamente exentos de tributación si se cumplen dos condiciones: mantener el dinero invertido al menos 5 años, y no aportar más de 5.000 € anuales. Si retiras el dinero antes de ese plazo, pierdes la exención y debes tributar por todos los rendimientos generados desde el inicio, según las reglas generales que hemos explicado en este artículo.
Compensación de pérdidas con ganancias
Si además de tus cuentas remuneradas tienes otros productos financieros que generan pérdidas (por ejemplo, la venta de un fondo de inversión con minusvalía), la normativa permite compensar ese saldo negativo con tus rendimientos positivos del capital mobiliario, hasta un límite del 25% del saldo positivo en el mismo ejercicio. Esta es una estrategia que puede resultar interesante para quien combina cuentas remuneradas con inversión en fondos o acciones, aunque conviene revisarla con detalle con un asesor fiscal en cada caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar los intereses de mi cuenta remunerada aunque sean pocos euros? Sí, no existe un mínimo exento para declarar rendimientos del capital mobiliario (salvo el caso específico del Plan de Ahorro 5), por lo que cualquier interés generado debe incluirse en tu declaración de la Renta.
¿Por qué me han retenido el 19% si mis ingresos totales son bajos? La retención del 19% es un porcentaje fijo que aplican todas las entidades, con independencia de tu nivel de ingresos. Si tu tipo real resulta inferior (lo cual no ocurre en la base del ahorro, ya que el primer tramo también es del 19%), la diferencia se ajustaría en tu declaración final.
¿Debo declarar los intereses de Trade Republic o Revolut aunque no me hayan retenido nada? Sí. Si estas entidades no aplican retención española automática, sigue siendo tu obligación declarar el importe íntegro de los intereses generados, calculándolo a partir de los extractos o certificados de la propia app.
¿Qué pasa si tengo cuentas remuneradas en varias entidades? Debes sumar todos los intereses generados en el conjunto de tus cuentas y depósitos para calcular tu base del ahorro total, aplicando después la escala progresiva sobre esa suma conjunta, no de forma independiente por cada producto.
¿Existe alguna forma legal de no pagar impuestos por estos intereses? La única vía de exención específica es el Plan de Ahorro 5 (CIALP/SIALP), siempre que mantengas el dinero al menos 5 años y no superes los 5.000 € de aportación anual. Fuera de este producto concreto, todos los rendimientos del capital mobiliario tributan según la escala general del ahorro.
Conclusión
Los intereses de tus cuentas remuneradas y depósitos tributan en la base del ahorro del IRPF, con una escala progresiva que va del 19% al 30% según el importe total de tus rendimientos del capital mobiliario. La retención del 19% que aplican la mayoría de entidades es solo un anticipo, no el impuesto final, por lo que puedes tener que pagar una diferencia adicional si tus rendimientos totales superan los 6.000 € anuales. La principal precaución práctica está en las entidades extranjeras (Trade Republic, Revolut, N26, bunq, Raisin), cuyos intereses no siempre aparecen precargados en tu borrador de Renta y que debes declarar manualmente a partir de tus propios registros.

